noticias-blog

Viernes, 29 Marzo 2024

CONSTRUCUATRO: AMENAZAS Y BLOQUEO

1


Extraido del Diario "El País" - Carlos Martínez Buján 08/03/2010

El caso de la promotora de viviendas Construcuatro ha recobrado actualidad, debido a la reciente decisión de la Audiencia de Pontevedra de archivar la querella interpuesta por 32 compradores, que habían pagado sobreprecios ilegales en la venta de pisos de protección autonómica. El auto de la Audiencia confirma la resolución de la juez de instrucción número 2 de Vigo, que tampoco había encontrado indicios de los cuatro delitos que imputaban los denunciantes.

Había una amenaza de causar un mal por no cumplir una condición ilícita. Podría existir también un delito de blanqueo de capitales.

A la vista de los hechos que se derivan de la instrucción practicada, resulta claro que no existen tres de los cuatro delitos recogidos en la querella: la estafa, las maquinaciones para alterar los precios de las cosas y las coacciones. Por su parte, parece que tampoco concurre el cuarto, el delito contra la Hacienda pública, dado que el informe pericial revela que, si bien puede haber una infracción tributaria de defraudación, la cantidad no ingresada por la empresa y los intermediarios no superó los 120.000 euros, cifra a partir de la cual existe el delito.

Ahora bien, lo que llama la atención es que ni la juez instructora ni el fiscal ni los magistrados de la Audiencia se hayan pronunciado (aunque no figurase expresamente en la querella) sobre la posible comisión del delito de amenazas condicionales del artículo 171-1 del Código penal, que surge cuando se amenaza a una persona con causar un mal no constitutivo de delito, si ésta no cumple una condición ilícita. Y es que, en el caso de algunos compradores, había desde luego una amenaza de causar un mal (no venderles el piso al precio fijado por la Administración, inicialmente acordado) si éstos no cumplían una condición ilícita (pagar un sobreprecio ilegal y en dinero negro). La calificación indiciaria de la conducta como delito del artículo 171-1 no ofrece duda, porque además el mal con el que se amenazaba era ilícito, habida cuenta de que la promotora no tenía derecho a vender los inmuebles a un precio superior al administrativamente marcado.

Los autos judiciales se ocupan de analizar el delito de coacciones, y lo descartan, acertadamente, porque no se vio "afectada la libertad de obrar" de los compradores. No obstante, de la propia argumentación utilizada en las resoluciones judiciales para rechazar las coacciones se deducen ya los indicios de las amenazas, puesto que a los compradores se les dijo que "de no interesarles las condiciones ofertadas, no adquirirían la vivienda" y que "fue el temor a quedarse sin vivienda lo que guió la acción de los denunciantes cuando pagaron el sobreprecio". Se vulneró así el bien jurídico protegido en el delito de amenazas, que consiste en la libertad en el proceso de deliberación (fase, pues, en la que se forma la voluntad, previa a la decisión de obrar), a diferencia de lo que sucede en las coacciones, en las que el bien jurídico protegido es la libertad de obrar (cuando la voluntad ya está formada).

Y, frente a lo que cabría deducir de las resoluciones judiciales, conviene aclarar que el delito de amenazas en modo alguno desparecería por la circunstancia de que los compradores se hubiesen resignado a aceptar el sobreprecio, a la vista de los (más elevados) precios de las viviendas en el mercado libre. Es más, el hecho de que los compradores se plegasen a cumplir la condición acredita precisamente que el amenazador logró que se produjese el comportamiento que satisfacía la condición (el pago de sobreprecio), con lo cual lo que sucede es que la pena del delito de amenazas se agrava, porque se aplicaría la cualificación prevista en el citado artículo 171-1 (que el amenazador "hubiere conseguido su propósito").

Finalmente, si las consideraciones anteriores son correctas, se evidencia que tenía pleno sentido la petición de los denunciantes (denegada por la instructora) de que se citase a declarar a todos los perjudicados. Solo así se podría saber cuántas personas (incluyendo también a quienes a la postre optaron por renunciar a la compra) fueron efectivamente amenazadas, dado que habría tantos delitos de amenazas como personas amenazadas. Con todo, nada impide que éstas puedan presentar una nueva querella, en la que podría incluirse además el delito de blanqueo de dinero, que surgiría si la promotora, tras haber percibido las ganancias ilícitas, hubiese introducido el dinero en el tráfico financiero legal, puesto que este dinero tendría entonces su origen en un delito previo.

Comentario (0) Impresiones: 2073

REABIERTO CAUSA ADMINISTRATIVA A CONSTRUCUATRO

1

Hernández reabre el expediente a Telmo Martín por sobreprecios en Vigo

El archivo judicial devuelve el caso Construcuatro a la vía administrativa

Al conselleiro de Medio Ambiente, Agustín Hernández, no le ha quedado otro remedio que tomar una decisión probablemente dolorosa: expedientar a su compañero de partido y amigo personal, Telmo Martín, por el presunto cobro de sobreprecios en viviendas sociales de Navia, en Vigo. Una vez confirmado el archivo de la causa judicial, al no encontrar la Audiencia Provincial de Pontevedra materia penal en el caso, la Xunta ha levantado la suspensión de la causa administrativa contra Construcuatro, que puede acabar en una multa de un millón de euros, la devolución de las comisiones ilegales y la inhabilitación para edificar vivienda protegida durante seis años.

La inmobiliaria se expone a un millón de multa y devolver las comisiones

Fue la Consellería de Vivenda, entonces dirigida por la nacionalista Teresa Táboas, la que abrió en septiembre de 2007 el expediente a Construcuatro, la inmobiliaria que pertenece en un 33% al presidente local del Partido Popular de Pontevedra. La razón era la investigación abierta por un juzgado de Vigo, basada en las denuncias de 32 compradores de viviendas que pagaron hasta 33.000 euros de más para hacerse con los pisos protegidos. Pero las propias indagaciones judiciales, que pasaron después a la Audiencia Provincial, obligaron a Vivenda a "suspender" el expediente en julio de 2008.

A pesar de que el caso fue archivado en primera instancia, el anterior Gobierno vio en la investigación judicial un respaldo a favor de aplicar la máxima sanción a Construcuatro. Esta opinión se sustenta en que el auto incluía entre los hechos probados y avalados por las pruebas practicadas el cobro de sobreprecios, aunque descarta delitos penales por considerar que no medió violencia, amenaza o engaño.

También el auto que dictó posteriormente la Audiencia Provincial constató que, aunque los sobreprecios, acordados como "mejoras" no efectuadas, no figuraban en la escritura pública ni en el contrato de compraventa, sí aparecían en los libros de contabilidad y facturas de la constructora. Sin embargo, la resolución reza: "Todos los afectados accedieron a la entrega de las cantidades solicitadas en el breve período de tiempo que se les daba para ello, alegando que les interesaba adquirir las viviendas a ese precio, tal y como estaba el mercado". Y descarta "cualquier tipo de fuerza o intimidación que haga considerar la existencia de coacción de relevancia penal".

Pero las consideraciones de tipo penal tendrán poca relevancia en el expediente administrativo, que se basa en si hubo o no sobreprecios, tal y como se desprende de la investigación judicial. Así, el informe policial encargado por el juzgado de instrucción señala que, de las conversaciones grabadas, "se deduce claramente que esa cantidad de dinero negro sería repartida entre el intermediario, José García Tilve, y Construcuatro, de manera que la empresa se llevaría unos 20.000 euros por la venta de cada piso". Esa cantidad, sumada a lo recabado por el intermediario, supondría un 20% del total del precio oficial de los pisos de Construcuatro en Navia, ubicados en el número 25 de la calle Teixugueiras.

De concretarse las propuestas de sanciones, no sería la primera vez que la Administración autonómica multa a una inmobiliaria y le impide construir vivienda protegida. Ocurrió con la sociedad Vigolar, que también cobró sobreprecios en el mismo polígono vigués de Navia.

Comentario (3) Impresiones: 2110

APROBADA LA LISTA PROVISIONAL DE ADJUDICATARIOS DE LAS VIVIENDAS SOCIALES

1

La Comisión Provincial de Vivienda aprobó ayer día 27 la lista provisional de adjudicatarios de 343 viviendas de promoción pública que el Instituto Galego da Vivenda e Solo está construyendo en San Paio de Navia.
Ahora, se abre un plazo de un mes para la presentación de reclamaciones por parte de los solicitantes que puedan considerarse perjudicados. Pasado este plazo, y una vez resueltas las reclamaciones, la Comisión Provincial de Vivienda deberá aprobar la lista definitiva.

La mayor parte de las viviendas adjudicadas provisionalmente disponen de tres dormitorios y superficies útiles entre 79 y 81 metros cuadrados. Cumplen estas condiciones un total de 159 viviendas, a las que se suman otras 12 que, contando con los mismos tres dormitorios, su superficie útil está entre 87 y 88 metros cuadrados, ya que se trata de viviendas adaptadas y reservadas para personas con movilidad reducida.

Con dos dormitorios (superficie entre 62 y 65 metros cuadrados) hay un total de 91 viviendas y con cuatro dormitorios (entre 88 y 90 metros cuadrados de superficie útil) un total de 81 viviendas.

Comentario (0) Impresiones: 4032

LISTADO PROVISIONAL DE ADJUDICATARIOS

1

Tras la resolución en el día de ayer por el cual se aprueban las listas provisionales para las 343 viviendas sociales que la Xunta de Galicia está construyendo en Navia, a continuación se adjunta dicho listado para que cualquier usuario pueda consultarlo.

Felicidades a todos aquellos adjudicatarios!!!

Comentario (6) Impresiones: 4587

AFECTADOS DE CONSTRUCUATRO SOLICITAN A VIVENDA QUE REABRA EL EXPEDIENTE

1

Tras el archivo de la causa, los compradores de los pisos critican que la Justicia "no funciona".

No entienden que la Audiencia Provincial haya archivado la causa contra Construcuatro por los supuestos sobreprecios en la venta de viviendas protegidas en el PAU de Navia. Pero no se rendirán. Los afectados por este caso ya han enviado al Instituto Galego de Vivenda e Solo (dependiente de la Xunta) más de mil folios de documentación y un escrito en el que le solicitan que reabra el expediente a la constructora que en su día paralizó al iniciarse el proceso judicial. Los vecinos no pueden recurrir por la vía penal, por lo que han decidido acudir a la administrativa, según señala el abogado que los representa.
Guillermo Vivero, portavoz de los afectados, considera que la Justicia "no funciona". "Ha fallado, está claro que el pez grande se come al pequeño", añadió. Guillermo quiere dejar claro que tanto él como otra persona afectada por los supuestos sobreprecios acudieron a los juzgados "antes de pagar el dinero". Este vigués señala que en los argumentos del último auto de la Audiencia "da la sensación de que nos han investigado a nosotros en lugar de a la empresa".
El abogado de los vecinos asegura que las cuantías que Construcuatro supuestamente ingresó a mayores "ascienden a una cantidad del orden de 1,4 millones de euros". "La propia constructora reconoció que había cobrado sobreprecios en el juzgado. ¿Cómo no va a haber un delito aparente?", se pregunta el representante legal de los afectados, quienes afirman que han sido "engañados, estafados y coaccionados".
Los afectados confían en que el IGVS "haga su trabajo" e imponga una sanción a Construcuatro, una multa económica que podría alcanzar el millón de euros de llegarse a ordenar. "La Audiencia considera que no hubo suficiente engaño. ¿Cómo se mide el engaño? Nosotros sólo queríamos acceder a una vivienda. El mundo está al revés", finaliza Guillermo Vivero.

Comentario (0) Impresiones: 1363

Ultimos anuncios publicados

Próximos eventos

No hay eventos

Colaboran con esta web