Inicio

Martes, 16 Abril 2024

Ultimas noticias

Construcuatro, obligada a pagar la multa…

23-03-2024 - Urbanismo, promotores y cooperativas

Construcuatro, obligada a pagar la multa de 2,4 millones por sobreprecios

El TSXG desestimó su recurso en el que pedía la condonación parcial de la deuda con la Xunta tras abonar a los perjudicados las indemnizacionesEl Tribunal Supremo condenó en 2018 a Construcuatro, la...

La Xunta contrata el proyecto del IES Na…

24-01-2024 - Proyectos

La Xunta contrata el proyecto del IES Navia

El futuro IES de Navia se transformará en el primer instituto de la comunidad gallega que la Xunta de Galicia construirá siguiendo la hoja de ruta establecida para modernizar los centros educativos ...

Adjudicada por 13 millones la primera fa…

27-10-2023 - Urbanismo, promotores y cooperativas

Adjudicada por 13 millones la primera fase de urbanización de la ampliación de Navia

La Xunta adjudicó por 13,16 millones de euros las obras de urbanización correspondientes a la primera fase de la ampliación del barrio, en el que se prevé construir unas 1.600 viviendas con algún ré...

En marcha las obras del parque para su r…

05-10-2023 - Servicios públicos

En marcha las obras del parque para su reforma

La primera fase de reforma del Parque Nelson Mandela de Navia dio comienzo ayer en una jornada que estuvo marcada por la visita del alcalde, quien se desplazó al barrio acompañado por la primera ten...

Locales Comerciales

directorio comercial

Directorio comercial de todos los locales del PAU

Los foros

foros

Foros de discusión sobre el barrio y su entorno

Edificios Teixugueiras

edificios

Datos y fotografías de cada edificio de Teixugueiras

Galería de Fotos

galeria fotos

Galería fotográfica del PAU y su entorno

Noticias por sección

noticias clasificadas

Todas las noticias clasificadas por sección

El tiempo en Navia

Datos técnicos del PAU

 pau
  • ¿Qué es el PAU?
  • Datos técnicos
  • Etapas por desarrollar
  • Documentación
  • Descargas planos

Título Constitutivo de la Comunidad

La Comunidad de Vecinos tiene un origen, un inicio, en lo que se denomina ''título constitutivo''. Es una especie de ''escrituras'' de la Comunidad, donde se especifica todo lo necesario e imprescindible para el funcionamiento de la misma.

Es tan importante y vital este ''título'', que marcará el futuro de la Comunidad, ya que en dicho documento debe figurar, entre otras cosas:

  • El inmueble, en su conjunto, que conforma la Comunidad: este aspecto es importante, ya que delimita hasta donde llegan los ''dominios'' y quién pertenece o no la la Comunidad.
  • Las viviendas y locales de que consta el inmueble: con lo cual, se sabrá todos los propietarios que forman parte de la Comunidad, y por tanto, tienen derecho a participar en ella.
  • La cuota de participación que tiene cada vivienda o local: que sirve de base fundamental para saber qué cuota mensual tiene que pagar cada uno, y también, cuál es el peso de su ''voto'' en las Juntas de propietarios.
  • Las instalaciones comunes que se pueden destinar a arrendamiento: por ejemplo, un local en el que es propiedad la comunidad.
  • Servidumbres de paso y uso: por ejemplo, un patio de luces que pertenece a la Comunidad, pero cuyo uso y disfrute lo hace un solo vecino, ya que solo se puede acceder a dicho patio a través de la vivienda de este.
  • Otras disposiciones, siempre que no sean contrarias a la Ley.

¿QUIÉN HACE EL TÍTULO CONSTITUTIVO?

El título constitutivo se debe realizar al comienzo de funcionamiento de la Comunidad, por lo tanto, la mayoría de las veces, es realizado por el promotor / constructor del bloque de viviendas, o en menor medida, por los propietarios iniciales de los bienes que pertenecen a la Comunidad.

A veces, si no hay acuerdo, o bien lo expuesto en el título va en contra de la ley, también puede, en todo, o en parte, ser redactado a través de laudo o resolución judicial.

Ejemplo: suponga que el promotor / constructor del inmueble se queda una propiedad para si mismo, y en el título constitutivo que el mismo hace, dice que dicha vivienda / local no pagará ninguna cuota. Como es obvio, es una medida que los futuros propietarios pueden llevar a juicio, y seguramente lo ganen.


¿CÓMO SE MODIFICA EL TÍTULO CONSTITUTIVO?

Debido a la importancia de este documento, el Título Constitutivo solo se puede modificar cuando exista acuerdo por UNANIMIDAD, es decir, cuando TODOS los propietarios estén a favor.

En tal sentido, la Ley de Propiedad Horizontal en su artículo 13 es clara, y dice lo siguiente:

Artículo 13. (o Artículo 17 de la Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal)

Los acuerdos de la Junta de propietarios se sujetarán a las siguientes normas:

«La unanimidad sólo será exigible para la validez de los acuerdos que impliquen la aprobación o modificación de las reglas contenidas en el título constitutivo de la propiedad horizontal o en los estatutos de la comunidad.

El establecimiento o supresión de los servicios de ascensor, portería, conserjería, vigilancia u otros servicios comunes de interés general, incluso cuando supongan la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación. El arrendamiento de elementos comunes que no tengan asignado un uso específico en el inmueble requerirá igualmente el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, así­ como el consentimiento del propietario directamente afectado, si lo hubiere.

La realización de obras o el establecimiento de nuevos servicios comunes que tengan por finalidad la supresión de barreras arquitectónicas que dificulten el acceso o movilidad de personas con minusvalía, incluso cuando impliquen la modificación del título constitutivo o de los estatutos, requerirá el voto favorable de la mayoría de los propietarios que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.

A los efectos establecidos en los párrafos anteriores de esta norma, se computarán como votos favorables los de aquellos propietarios ausentes de la Junta debidamente citados, quienes una vez informados del acuerdo adoptado por los presentes, conforme al procedimiento establecido en el artículo 9, no manifiesten su discrepancia por comunicación a quien ejerza las funciones de secretario de la comunidad en el plazo de treinta días naturales, por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción.

Los acuerdos válidamente adoptados con arreglo a lo dispuesto en esta norma obligan a todos los propietarios.»

La Ley 49/1960 de Propiedad Horizontal, en su artículo 5, establece, respecto al título constitutivo, lo siguiente:

Artículo 5. (ver artículo 20 de la Ley 8/1999 de 6 de abril, de Reforma de la Ley 49/1960)

El título constitutivo de la propiedad por pisos o locales describirá, además del inmueble en su conjunto, cada uno de aquellos al que se asignará número correlativo. La descripción del inmueble habrá de expresar las circunstancias exigidas en la legislación hipotecaria y los servicios e instalaciones con que cuente el mismo. La de cada piso o local expresará su extensión, linderos, planta en la que se hallare y los anejos, tales como garaje, buhardilla o sótano.

En el mismo título se fijará la cuota de participación que corresponde a cada piso o local, determinada por el propietario único del edificio al iniciar su venta por pisos, por acuerdo de todos los propietarios existentes, por laudo o por resolución judicial. Para su fijación se tomará como base la superficie útil de cada piso o local en relación con el total del inmueble, su emplazamiento interior o exterior, su situación y el uso que se presuma racionalmente que va a efectuarse de los servicios o elementos comunes.

El título podrá contener, además, reglas de constitución y ejercicio del derecho y disposiciones no prohibidas por la Ley en orden al uso o destino del edificio, sus diferentes pisos o locales, instalaciones y servicios, gastos, administración y gobierno, seguros, conservación y reparaciones, formando un estatuto privativo que no perjudicará a terceros si no ha sido inscrito en el Registro de la Propiedad.
En cualquier modificación del título, y a salvo lo que se dispone sobre validez de acuerdos, se observarán los mismos requisitos que para la constitución.

Colabora con la web

donaciones

Aporta tu granito de arena para mantener esta web

Contacto

contacto

Ponte en contacto con nosotros

Anuncios Clasificados

  • coche
    Coches
  • moto
    Motos
  • movil
    Moviles
  • objetos
    Objetos
  • muebles
    Muebles
  • garaje
    Plazas de garaje

Facebook

¿Quién está en linea?

No

Encuesta activa

¿Crees que con la inauguracion de la pista multiusos se da solución a los problemas de esparcimiento de los chavales del barrio?

No se encuentra autorizado para votar en esta encuesta.
Cargando grafico. Por favor espere...
Sí, por fin un lugar para practicar deporte (0 Votos)
0.00%
No, se quedan cortas. Hay que hacer más pistas (1 Voto)
100.00%
879986294 [{"id":"64","title":"S\u00ed, por fin un lugar para practicar deporte","votes":"0","pct":"0.00","type":"x","order":"1","resources":[]},{"id":"65","title":"No, se quedan cortas. Hay que hacer m\u00e1s pistas","votes":"1","pct":"100.00","type":"x","order":"2","resources":[]}] ["#ff5b00","#4ac0f2","#b80028","#eef66c","#60bb22","#b96a9a","#62c2cc"] pie 200 200 /encuestas/vote/15-¿crees-que-con-la-inauguracion-de-la-pista-multiusos-se-da-solución-a-los-problemas-de-esparcimiento-de-los-chavales-del-barrio.html No hay respuestas seleccionadas. Por favor intentelo de nuevo. Gracias por su voto. Respuestas Votos ...

Enlaces web

enlaces

Links a webs relacionadas con el barrio

Cáritas

 

caritas

Pabellón Polideportivo

Parque de Navia

parque 205

ESAD

Centro de Salud

salud205

Alento - Asoc. Daño Cerebral

APAMP

Campo de fútbol

Iglesia

Legislación en las Comunidades

legislacion
  • Leyes y Reales Decretos
  • Obligaciones y deberes de la Junta Directiva
  • Ley de Propiedad Horizontal

Consejos en el hogar

consejos
  • Ahorrar agua y energía
  • Mantenimiento calderas
  • Electrodomésticos
  • Iluminación
  • Aire Acondicionado, ...

 

Comunidades de Vecinos

 faq
  • Cómo funcionan
  • Obras y modificaciones
  • Problemas e incidencias
  • Morosidad
  • Reuniones

Ultimos anuncios publicados

Próximos eventos

No hay eventos

Colaboran con esta web